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Los planes de igualdad en las empresas

Los planes de igualdad en las empresas

Desde enero del 2020, los proyectos de igualdad son una cuestión obligatoria para las compañías que tengan en plantilla a bastante más de 50 trabajadores. De esta forma lo establece el Real Decreto 901/2020, que regula cómo se tienen que armar estos proyectos, cuyo primordial propósito no es otro que llevar a cabo en la compañía las medidas que sean primordiales para hallar la igualdad eficaz entre hombres y mujeres.

Se busca, por consiguiente, remover algún resquicio de discriminación por razón de sexo en el trabajo y fomentar una justicia social real.

Si en tu compañía hay contratadas bastante más de 50 personas, ahora te ofrecemos toda la información. Principalmente, para que sepas cómo ajustarte a la normativa, que otorga de período hasta el siguiente 7 de marzo de 2022 para que todas las compañías de esta envergadura se adhieran.

📌 Contenidos
  1. Distintos tiempos en funcionalidad del tamaño
  2. El papel de la comisión negociadora
  3. El contenido de los proyectos de igualdad y su evaluación
  4. El registro de los proyectos de igualdad y algunos ejemplos
  5. ¿Se puede realizar un plan de igualdad de forma facultativa?

Distintos tiempos en funcionalidad del tamaño

Sólo algunas de las compañias tuvieron el mismo tiempo para enseñar su plan de igualdad. A las más pequeñas se les dió un margen de tiempo más extenso para llevarlo a cabo. Esta fué la distinción:

  • 150-250 trabajadores: hasta el 7 de marzo de 2020.
  • 101-150 trabajadores: hasta el 7 de marzo de 2021.
  • 50-100 trabajadores: hasta el 7 de marzo de 2022.

El papel de la comisión negociadora

Se habla del órgano solicitado de debatir los pormenores y los datos del plan de igualdad de la compañía mencionado. Debe estar formada por representantes de la organización y por representantes de los trabajadores, de manera proporcional. Y, en la situacion de que no permanezca representación legal de los trabajadores en la compañía, se constituirá a tal efecto una comisión sindical.

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Como bastante, la comisión negociadora tendrá seis integrantes.

El contenido de los proyectos de igualdad y su evaluación

Hay una sucesión de materias simples sobre las que tienen que tratar los proyectos de igualdad:

  • Los procesos de selección y de estipulación laboral.
  • La categorización profesional.
  • Los proyectos de formación.
  • La promoción profesional.
  • Las condiciones de trabajo.
  • Las retribuciones.
  • El ejercicio de los derechos relacionados con la vida personal y familiar.
  • La viable infrarrepresentación femenina.
  • Las medidas de prevención del acoso sexual.

En relación a la evaluación de su contenido, correrá a cargo de la comisión negociadora, que tendrá que tener todos los datos que requiera.

El registro de los proyectos de igualdad y algunos ejemplos

Cuando el plan de igualdad lo han firmado todas las partes, se tienen 15 días para pedir su registro. Esa aprobación la va a llevar a cabo la persona designada por la comisión, por medios telemáticos. Pasados unos días, la persona encargada va a tener conocimiento de la resolución. Y, suponiendo que esta sea negativa, se tendrán hacer las rectificaciones oportunas en un período más alto de 10 días.

Para guiarte a abarcar mejor cómo se elabora un plan de igualdad y cuál ha de ser su contenido, ahora te facilitamos los que han redactado algunas enormes compañías, que te tienen la posibilidad de ser útil de ejemplo:

No es requisito que tus proyectos de igualdad sigan el mismo esquema que en estos ejemplos. De hecho, nosotros te sugerimos que busques consejos personalizado y dejes la preparación del plan de igualdad de tu compañía en manos de abogados expertos en Derecho Laboral.

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¿Se puede realizar un plan de igualdad de forma facultativa?

Si tu compañía tiene menos de 50 empleados, pero, todavía, piensas en armar tu además un plan de igualdad, has de entender que su contenido está sujeto a las mismas normas que aquí te hemos explicado.

Por consiguiente, más allá de que se intente un plan voluntario, va a tener que responder precisamente a las mismas demandas que los obligatorios en materia de contenido, negociación y tramitación.

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